De entre las consultas más
frecuentes que suelen hacer los trabajadores de las empresas en El Salvador,
una de las preguntas que surgen con mayor interés es la del cálculo
de indemnización al finalizar su contrato laboral, en el caso de
un despido.
Respecto a este tema,
el Ministerio de Trabajo y Previsión Social de El Salvador establece,
en el artículo 58 del Código de Trabajo, que el empleado “tendrá
derecho a que el patrono le indemnice con una cantidad equivalente al salario
básico de treinta días por cada año de servicio y proporcionalmente por
fracciones de año”. Es decir que recibe el sueldo de un mes por cada año que
lleve trabajando para la misma compañía, más el pago proporcional por el tiempo
adicional.
Veamos un ejemplo del
cálculo de indemnización en El Salvador:
Supongamos que tú has
trabajado para una empresa por 2 años y 8 meses, ganando un sueldo de $350, el
cálculo de indemnización se hará así:
$350 x 2 años = $700
A estos le sumaremos la
indemnización proporcional a 8 meses.
Para esto, debemos saber
cuántos días hay en ese período de tiempo, multiplicarlos por el sueldo que
ganas y dividirlo entre los 365 días que tiene el año. Supongamos que son 30
días de cada mes, entonces 30 x 8 = 240 días. Con ese dato, hacemos el cálculo
proporcional:
240x$350 entre 365 =
$230.14
Entonces, si sumamos los
$700 con los $230.14, nos dan un total de $930.14. Ese es el valor total de la
indemnización.
Es importante mencionar
que de acuerdo con la Ley, la indemnización no puede ser menor al salario
básico de 15 días.
Volviendo al ejemplo de
que ganes $350 como salario básico, sin comisiones ni descuentos; en caso de un
despido, tu indemnización no puede ser menor que $175, el equivalente a 15 días
de tu sueldo.
Además, según el Código de
Trabajo, para el cálculo de indemnización, ningún salario puede ser mayor a 4
veces el salario mínimo diario legal vigente.
Otro aspecto a tener en
cuenta es que si el contrato es a plazo, si el trabajador es despedido sin
causa justificada antes del vencimiento de dicho plazo, tendrá derecho a que lo
indemnicen con un pago igual al salario básico que habría ganado en el tiempo
que faltaba para que se venciera el plazo establecido.
Debes saber que al
finalizar un contrato mediante el despido, sea cual sea la causa, tu empleador
debe darte una constancia que contenga la siguiente información:
- La fecha de inicio y finalización de tus
labores dentro de la empresa
- El cargo que desempeñaste
- El último sueldo devengado
El documento puede
detallar tu eficiencia y comportamiento como trabajador y la causa por la cual
tu empleador decidió terminar tu contrato, pero estos dos detalles serán
incluidos única y exclusivamente si tú los solicitas.
CÁLCULO DE INDEMNIZACIÓN POR RENUNCIA VOLUNTARIA
Tal y como fue aprobado
por la Asamblea Legislativa de El Salvador, a partir de enero de 2015, si una
persona decide renunciar voluntariamente a su empleo, también tendrá derecho a
una indemnización.
Esta prestación está
establecida en la Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia
Voluntaria, que dice que la indemnización será igual a 15 días de su sueldo por
cada año que haya trabajado en la misma compañía, con la salvedad de que el
cálculo no puede hacerse por un monto máximo al de 2 salarios mínimos.
Para el caso, como el
salario mínimo es de $300, si tú, por ejemplo, ganas $500 mensuales y llevas 6
años trabajando para la misma compañía, tu indemnización por renuncia
voluntaria es el sueldo de tu quincena, o sea $250, multiplicado por los 6
años:
$250 x 6 = $1,500
Pero si ganas $1,500 mensuales
y llevas trabajando los mismos 6 años para la empresa, el cálculo no se hará
por los $750 quincenales, sino que por dos salarios mínimos, es decir, por
$600:
$600 x 6 = $3,600
QUÉ DOCUMENTOS PRESENTAR PARA LA RENUNCIA VOLUNTARIA
Para tener derecho al beneficio
de indemnización por renuncia voluntaria, deberás tener al menos 2 años de
trabajo dentro de la empresa.
Debes avisar sobre tu
renuncia con 30 días de anticipación si tu cargo es como director, gerente,
administrador, jefe o si tienes un cargo especializado para el cual tu empresa
te haya dado una capacitación específica hace menos de un año.
Para cualquier otro cargo
o caso que no sea uno de los mencionados anteriormente, puedes avisar solo 15
días antes.
Sin embargo, el aviso no
constituye la renuncia como tal; esta última, deberás hacerla constar por
escrito en un documento con tu firma y adjuntarle una copia de tu DUI y una
hoja proporcionada por la Dirección General de Inspección de Trabajo del
Ministerio de Trabajo.
Ten en cuenta que la hoja no
puede tener fecha anterior a 10 días antes de tu renuncia definitiva.
Por último, debes saber
que tu empleador deberá pagarte tu indemnización dentro de los quince días
posteriores a la fecha en que se haga efectiva tu renuncia, como máximo.
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