La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial y el derecho de autor
La propiedad intelectual
se divide en dos categorías: la propiedad industrial (invenciones,
patentes, marcas, dibujos industriales e indicaciones geográficas de
procedencia) y el derecho de autor (obras literarias y artísticas).
Ambas constituyen un elemento fundamental en la organización del
mercado, especialmente en un momento como el actual, en el que predomina
la economía del conocimiento. Las empresas deben tomar conciencia del
valor de su patrimonio intangible y utilizar todas las herramientas
legales para su protección.
Es esencial, para conseguir que nuestra economía sea competitiva y productiva, que invenciones y tecnologías (sobre todo las desarrolladas en el ámbito universitario) lleguen a la sociedad mediante su explotación industrial,
para lo que deben ser protegidas mediante patentes (derecho de
exclusividad comercial de fabricación, uso, distribución y venta). Esta
se concede en las pertinentes oficinas nacionales o supranacionales y
protege a su titular durante un periodo determinado (unos 20 años) para
que nadie pueda hacer uso de sus derechos sin su consentimiento.
En el caso de los derechos de autor, son inherentes
al creador y nacen por la simple creación de la obra, aunque para su
mejor protección es aconsejable la inscripción en el Registro de la
Propiedad Intelectual. Solo hay unas excepciones en las que es legal la
reproducción de una parte o el todo de una creación: en un proceso
judicial o administrativo, para uso privado del copista y para uso
privado de un invidente.
Se aconseja el recurso al arbitraje como medio de solución en
conflictos derivados de una actividad contractual ilícita de estos
derechos, sobre todo ante la vulnerabilidad en internet, aunque todas
las administraciones nacionales e internacionales han desarrollado
legislaciones reguladoras en esta materia.
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