miércoles, 17 de noviembre de 2010

Clase de Derecho Procesal Civil I Viernes 12 de Noviembre de 2010.


Clase de Derecho Procesal Civil I
Viernes 12 de Noviembre de 2010.
Lic. Lucas Rodríguez
Secc. 02
UTEC
Jorge Alejandro Zelaya
5147682000

El Proceso Abreviado
Ámbito del proceso abreviado
Art. 241.- Se decidirán por los trámites del proceso abreviado las demandas cuya cuantía no supere los Veinticinco Mil Colones o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América.
Además, se decidirán por este trámite, cualquiera que sea su cuantía:
1°.   Las demandas de liquidación de daños y perjuicios.
2°.   Las demandas de oposición a la reposición judicial de títulos valores.
3°.   Las demandas relativas a la disolución y liquidación judicial de una sociedad.
4°.   Las demandas de nulidad de sociedades.

·         Este se realiza en una sola audiencia
·         El emplazamiento es el mismo del señalamiento de la audiencia
·         En la misma audiencia se contesta la demanda ya sea Allanándose o reconveniendo

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