jueves, 17 de agosto de 2017

TIPOS DE ERRORES EN LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN




Cuando se interponen los correspondientes recursos impugnativos en un proceso judicial, es importante conocer los errores que se pueden denunciar en el mismo, ello a fin de hacer más técnico el recurso interpuesto. Cuando el error se 
refiera a la forma del proceso (debido proceso) estaremos ante un error in procedendo, cuando se refiera al fondo del proceso, a la sustancia, estaremos ante un error in iudicando y cuando se verifique la existencia de una contravención a las normas de la lógica se está ante un caso de error in cogitando.
  1. ERRORES IN PROCEDENDO. Son conocidos como vicios de actividad o defectos en el proceso. Se generan por no ejecutar lo impuesto en una norma procesal o contravenir lo dispuesto en las normas procesales. Constituyen irregularidades o defectos del proceso, se relacionan con la violación del debido proceso.
  2. ERRORES IN IUDICANDO. Son los vicios en el juicio y se refieren al contenido de fondo del proceso (fundabilidad o infundabilidad de la demanda). Se presentan en la violación del ordenamiento sustantivo. Pueden ser:
3.  ERROR DE HECHO. Cuando se ha dado una interpretación diferente a las pruebas actuadas en el proceso.
4. ERROR DE DERECHO. Referido a la inaplicación, aplicación indebida, interpretación errada de una norma de derecho sustantivo.
5. ERRORES IN COGITANDO. Se refiere al vicio del razonamiento. Se produce por ausencia o defecto de una de las premisas del juicio o violación de las reglas de la lógica. Se verifica la falta de motivación o motivación defectuosa

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