ACEPTACIÓN DE HERENCIA
Para poder dar una definición adecuada de aceptación de herencia, es necesario tener en claro qué significa Aceptación, y así tenemos que aceptación es una declaración de voluntad del sucesor mediante la que manifiesta ser heredero.
Esta declaración puede ser expresa o tácita. Por otro lado, Herencia se refiere al derecho de heredar el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que al morir deja el causante para su transmisión a la persona o personas que han de recibirlos, ya sea a titulo universal o singular de legatarios.-
De lo anterior se puede concluir que Aceptación de Herencia, es la declaración expresa o tacita que hace el sucesor o heredero del causante para tomar para sí la herencia con los derechos y obligaciones que supone dicha sucesión.
Tipos de Aceptación de herencia.
La aceptación de la herencia puede darse de formas distinta como se explica a continuación:
Aceptación pura y simple, es la que no incluye condición, plazo ni modo y en materia sucesoria manifiesta que recibe la herencia sin ningún tipo de limitante excluyendo así el beneficio de inventario, estas puede una aceptación expresa o tácita
Aceptación expresa, es la formulada de palabra o por escrito (que se hace en documento público) de manera inequívoca en cuanto a la voluntad afirmativa ante una propuesta o requerimiento.
Aceptación tacita, es la que se hace por actos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar, o que no habría derecho a ejecutar sino con la cualidad de heredero, es decir que surge de los hechos, de la ejecución adecuada o de la actitud que se ajuste a lo propuesto o requerido.
Esta declaración puede ser expresa o tácita. Por otro lado, Herencia se refiere al derecho de heredar el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que al morir deja el causante para su transmisión a la persona o personas que han de recibirlos, ya sea a titulo universal o singular de legatarios.-
De lo anterior se puede concluir que Aceptación de Herencia, es la declaración expresa o tacita que hace el sucesor o heredero del causante para tomar para sí la herencia con los derechos y obligaciones que supone dicha sucesión.
Tipos de Aceptación de herencia.
La aceptación de la herencia puede darse de formas distinta como se explica a continuación:
Aceptación pura y simple, es la que no incluye condición, plazo ni modo y en materia sucesoria manifiesta que recibe la herencia sin ningún tipo de limitante excluyendo así el beneficio de inventario, estas puede una aceptación expresa o tácita
Aceptación expresa, es la formulada de palabra o por escrito (que se hace en documento público) de manera inequívoca en cuanto a la voluntad afirmativa ante una propuesta o requerimiento.
Aceptación tacita, es la que se hace por actos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar, o que no habría derecho a ejecutar sino con la cualidad de heredero, es decir que surge de los hechos, de la ejecución adecuada o de la actitud que se ajuste a lo propuesto o requerido.
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